Mucho tiempo se
pugnó, a nivel nacional, para que los órganos para la transparencia tuvieran
"dientes" y pudieran hacer cumplir la norma vía sanciones, castigos,
medidas de apremio.
Coahuila fue uno
de los primeros Estados que levantó la mano e incorporó esa posibilidad en su
Ley vía el Instituto de Acceso a la Información (ICAI). Luego, a fuerza de un
artículo transitorio semi-eterno, se estuvo a la expectativa de cuándo se
aplicaría la primera sanción. Y hoy, lamentablemente se sabe, el ICAI tiene
dientes pero no hambre para hacer cumplir la Ley.
Posterior a un
intenso trabajo periodístico de VANGUARDIA sobre el incumplimiento en la
publicación de la información básica de parte de los municipios, se preguntó
qué pasará. Y el diálogo fue más o menos así: "A la fecha, en el Instituto
no tenemos ninguna queja por incumplimiento respecto a información pública
mínima. El trámite a seguir cuando se recibe una, es dar vista al órgano de
control interno del propio sujeto obligado", explicó la presidenta del
ICAI. Y el reportero preguntó "¿Esa es la única manera de actuar?". Y
la respuesta fue un rotundo "Sí". (VANGUARDIA, agosto 27 de 2013).
Lamento la
respuesta. No estoy de acuerdo. Dentro de la legalidad, hay alternativas.
Dentro de las
facultades del Consejo General del ICAI están las de "Vigilar y evaluar el
cumplimiento de la garantía de la información pública mínima y demás
obligaciones de transparencia, así como emitir las recomendaciones en la
materia" (artículo 40, fracción II, numeral 6); "dictar las
providencias y medidas necesarias para salvaguardar el derecho de acceso a la
información pública" (artículo 40, fracción IV, numeral 1); "cumplir
y hacer cumplir los principios en la materia" (artículo 40, fracción IV,
numeral 3); "determinar y hacer del conocimiento de los órganos internos
de control de los sujetos obligados, la posible existencia de alguna
responsabilidad administrativa por violación a la ley de la materia"
(artículo 40, fracción IV, numeral 6).
Mírese dónde está
el truco: el último párrafo del artículo 141 (ley de transparencia) dice (desde
el 2012, por cierto, de esas reformas para hacer lo de la transparencia en
Coahuila una fantasía): "Las quejas y denuncias en contra de servidores
públicos con motivo del incumplimiento de esta ley será causa del inicio del
procedimiento para determinar la existencia de responsabilidad
administrativa.". Por ahí se quieren lavar la cara.
Internamente, el
ICAI cuenta con una unidad administrativa para la "Vinculación y
Vigilancia" y de manera regular elabora e informa al Consejo General del
cumplimiento (o, en su caso, incumplimiento) de la publicación de la
información mínima. Sea porque es público y notorio, vía el trabajo
periodístico de VANGUARDIA, o porque internamente tiene quién le provea de
información sobre incumplimiento, los del ICAI no pueden decir que no saben que
los sujetos obligados incumplen.
A la luz de lo
demás que establece la Ley en la materia y la del Instituto, si se escudan
porque no hay una "queja" exterior es porque no quieren despeinarse
entre quincena y quincena. ¿Quieren una queja?, genérenla internamente.
Ciertamente no se trata de las medidas de apremio establecidas en el artículo
140. Pero algo podrá hacerse que no está haciéndose.
Una de las
ventajas que hace diez años se le veía a la "ciudadanización" de los
órganos estatales para la transparencia era la de hacer ágil su actuación. Por
eso no son tribunales. Porque, sin salirse de la aplicación de la Ley, se
suponía que su posición les provocaría una actitud proactiva, flexible.
Una referencia
pasada. Antes de cumplir el primer año de existencia, el ICAI (bajo la
presidencia de Eloy Dewey) envió "extrañamientos" a las dependencias
que no cumplían totalmente con la publicación de la información en Internet. No
había en la Ley una facultad expresa para hacerlo, pero se consideró que la
medida era una "providencia y medida necesaria para salvaguardar el
derecho de acceso a la información" como decía (y dice) la Ley del
Instituto cuando habla de las facultades del Consejo General.
En el ICAI no
están amarrados de manos. Además de lo anterior, tienen (por si fuera poco) la
posibilidad solicitar se reforme la Ley si consideraran les limita. Pueden,
pero no quieren.
Total que el ICAI
tiene dientes, pero sus Consejeros no tienen hambre de transparencia. ¿O será
que, por el hambre de los Consejeros, el ICAI no usa sus dientes?
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